CONSEJO DE MINISTROS
HOY, 5 de Abril de 2013
ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE LA INFANCIA
INFORME SOBRE EL
ANTEPROYECTO DE LEY DE ACTUALIZACIÓN DE LA LEGISLACIÓN DE PROTECCIÓN A LA
INFANCIA
·
Se simplifican los mecanismos de acogida y adopción, y se potencia el
acogimiento familiar frente a los centros tutelares.
·
Los menores de tres años no ingresarán en centros de protección y se
suprime el acogimiento provisional y el preadoptivo para acortar los
procedimientos.
·
Permite la adopción de mayores de 18 años en situación de acogida familiar
o convivencia estable y regula los centros para menores con trastornos de
conducta.
·
Racionaliza, acorta y simplifica los procedimientos judiciales, y amplía la
intervención del Ministerio Fiscal como garante de los derechos de la infancia.
El Consejo de Ministros ha recibido un
informe de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad sobre el
Anteproyecto de Ley que actualiza la legislación de protección de la infancia.
El objetivo de la nueva normativa es simplificar y mejorar los mecanismos de
acogida y adopción, así como potenciar el acogimiento familiar de menores en
situación de desamparo, frente a su ingreso en centros tutelares.
El anteproyecto de ley recoge las
recomendaciones de la Comisión especial del Senado que en los últimos dos años
ha analizado los problemas de la adopción nacional y otros temas afines. En
noviembre pasado esta Comisión aprobó por unanimidad una serie de propuestas
que han sido de mucha utilidad para elaborar el Anteproyecto de Ley.
El documento también ha tenido en cuenta
las aportaciones de las Comunidades Autónomas, a quienes directamente
corresponden las competencias en esta materia, Defensor de Pueblo, Fiscalía
General del Estado, Comité de Derechos del Niño, expertos y organizaciones de
defensa de la infancia. Entre otras cosas, la nueva legislación unifica los
procedimientos y normativas para todas las Comunidades Autónomas, de manera que
facilita la coordinación y control de actuaciones en materia de protección a la
infancia.
Esta Ley, que fue uno de los compromisos
adquiridos por la ministra de Sanidad tras su toma de posesión, implica la
reforma del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley de
Protección Jurídica del Menor, de 1996.
Menores de seis y tres años
El Gobierno pretende mejorar la
protección de los menores en nuestro país, evitar situaciones de desamparo y
potenciar la acogida familiar frente a su ingreso en centros de acogida,
especialmente para los menores de seis años. Es más, el Anteproyecto establece
expresamente que los menores de tres años no ingresarán en los centros de
protección, salvo que exista imposibilidad muy justificada.
Tanto el Gobierno como los organismos e
instituciones relacionados con la protección a los menores consideran que el
entorno familiar es el ambiente más favorable para el desarrollo de menores en
situación de desamparo.
Acogimiento y adopción
Respecto del acogimiento familiar, el
Anteproyecto suprime el acogimiento provisional y el preadoptivo, con el
objetivo de simplificar y acortar los procedimientos. Se diferencian los
objetivos de acogimiento familiar de los de adopción.
Por otro lado, esta reforma posibilita
que las entidades públicas atribuyan funciones de tutela a acogedores
permanentes para dotar de más autonomía a la familia acogedora. Es importante
señalar también que se establece un régimen de derechos y deberes de los
acogedores.
Con relación a la adopción, además de
suprimir el acogimiento preadoptivo, se acorta el período previo establecido
para la presentación de la propuesta de adopción ante el juez (pasa de un año a
tres meses).
Además, se posibilita la adopción de
mayores de dieciocho años en los casos en los que estén previamente en
situación de acogida familiar (ahora sólo es posible si el acogimiento se
produce antes de los catorce años) o convivencia estable (normalmente con un
familiar).
El objetivo del Gobierno es afrontar los
problemas que se han identificado, actualizando la regulación de nuestro
sistema de protección de la infancia; aspecto básico y esencial del Estado del
Bienestar, porque afecta a los más vulnerables entre los vulnerables.
Interés superior del
menor
Uno de los puntos esenciales del
Anteproyecto es proteger el interés superior del menor a partir de una serie de
criterios comunes tomando como base la jurisprudencia sentada al respecto por
el Tribunal Supremo y los avances en esta materia en el derecho comparado.
Respecto a la mejora en la regulación de
las actuaciones de prevención, se desarrollan nuevos mecanismos para actuar
ante situaciones de riesgo, mediante programas que permitan mantener a los
niños y niñas en su entorno familiar.
Una novedad importante en materia de derechos fundamentales es la no discriminación por discapacidad en el derecho del menor a ser oído.
También se regula la exigencia de
estándares de calidad para cada tipo de servicio de protección a la infancia:
centros, hogares funcionales, etcétera.
Simplificación de
procedimientos judiciales
Igualmente, la nueva normativa
racionaliza, acorta y simplifica los procedimientos judiciales: en primer
lugar, el Anteproyecto pretende que todos los procedimientos contra las
resoluciones administrativas referentes a cada menor se acumulen en el mismo
Juzgado; en segundo lugar, se imposibilita la ejecución provisional de
sentencias que se dicten en primera instancia. De esta manera, se evitan
constantes cambios de situaciones y residencia del menor, que originan graves
consecuencias emocionales a los niños y niñas.
Centros para menores
con problemas de conducta
El Anteproyecto regula también los
centros para menores con trastorno de conducta; menores que no han cometido
delitos, pero que persisten en conductas que afectan gravemente a los demás, en
sus diferentes ámbitos de existencia.
La norma aborda, por primera vez, las
características de estos centros y establece una serie de garantías: necesidad
de diagnóstico previo y autorización judicial para el ingreso en los centros
que utilicen medidas de contención y restricción de libertad, limitación en la
administración de medicamentos e intensificación de la actuación de los
servicios de inspección y supervisión.
Desde esta perspectiva garantista, es
importante también la ampliación de la intervención del Ministerio Fiscal como
garante de los derechos de la infancia. Una labor fundamental que muchos
fiscales de España realizan con un gran compromiso y dedicación, y que ahora se
ve reforzada.
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